El ambientólogo como técnico responsable en fabricación/importación de productos cosméticos
En el caso de que un titulado en ambientales desee fabricar productos de cosmética artesanal. En el que sería el responsable de la actividad y dispondría de un laboratorio básico donde realizar el producto. Se da lo siguiente:
Según el artículo 18.2 a) del Real Decreto 1599/1997 de 17 de octubre sobre productos cosméticos, obliga a la empresa fabricante/importadora de cosméticos a disponer de un técnico responsable con una cualificación adecuada, que supervise la actividad de fabricación y/o importación de cosméticos y garantice que los productos cumplen con los requisitos exigidos en la normativa vigente. A los efectos de valorar la idoneidad del técnico responsable, se considerará suficiente la posesión de un título universitario o de un título oficial equivalente, relacionados con las actividades que se vayan a realizar, cuyo nombramiento será comunicado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.